1. ¿Qué es la Residencia Definitiva?
Es el permiso para permanecer indefinidamente en Chile, que autoriza a desarrollar cualquier
actividad lícita, sin otras limitaciones que las que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias.
2. ¿Cómo solicitar la Residencia Definitiva? Se solicita a través del Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, seleccionando Solicitud de Residencia Definitiva, ingresando con ClaveÚnica o creando una cuenta en el SERMIG.
3. ¿Qué documentos se solicitan para acreditar la existencia de ingresos? En el caso de trabajadores dependientes: -Liquidaciones de remuneraciones -Cartola histórica de cotizaciones previsionales obligatorias, esta última emitida por la correspondiente Administradora de Fondos de Pensiones. -Contrato de trabajo vigente. En el caso de trabajadores independientes (rentistas, jubilados, entre otros, cuando corresponda): -Carpeta tributaria del contribuyente, emitida por el Servicio de Impuestos Internos. -Cartola de cotizaciones emitida por la pertinente Administradora de Fondos de Pensiones, cuando se cotice en dicho sistema previsional. -Comprobantes de pago de pensiones emitidas por causa de jubilación, discapacidad, u otras. SOSTENIDO ECONÓMICAMENTE POR SU CÓNYUGE - PADRES - HIJOS U OTROS (INACTIVOS): -Declaración jurada de expensas sostenedor -Ingresos económicos del sostenedor.
4. ¿Cuál es el plazo para solicitar Residencia Definitiva? El plazo para solicitar la Residencia Definitiva es de no más de noventa días antes de la expiración del permiso de residencia vigente. También se podrá postular y obtener el permiso de residencia definitiva no obstante encontrarse vigente el permiso de residencia temporal de que se es titular, siempre y cuando se haya cumplido el plazo que lo habilita, definido para la subcategoría respectiva (Art. 62 del Reglamento de Migración y extranjería.
5. ¿Qué debería considerar al momento de la postulación a la Residencia Definitiva? -Es obligatorio que los usuarios tengan correo electrónico y teléfono celular. El sistema no permite enviar solicitudes incompletas. Todos los documentos obligatorios deben ser adjuntados. -El formato de documentos permitidos es PDF. -Si un usuario adjunta información que no corresponde o es errónea, su solicitud no será acogida a trámite. -Todo documento que se encuentre en un idioma diferente al español o inglés, deberá estar traducido. -Los Certificados de Antecedentes Penales o Judiciales del país de origen deben tener una vigencia no superior a 90 días desde la fecha de emisión. -Todo documento emitido en el Exterior o con la respectiva representación consular en Chile, debe estar apostillado o debidamente legalizado.
6. ¿Pueden postular a la Residencia Definitiva los dependientes de un titular con un permiso de Residencia Temporal? Si. Ellos pueden postular sin ser sometidos a los plazos establecidos, siempre que el titular haya cumplido con el periodo de residencia requerido según su subcategoría migratoria y su permiso sea de aquellos que expresamente admiten su postulación a la Residencia Definitiva.
7. ¿Mis ausencias del país pueden afectar el tiempo que debo esperar para la postulación de la Residencia Definitiva? Dependiendo del rango de meses de ausencia del país, se exigirá una cantidad de meses de residencia para la postulación de la Residencia Definitiva. (SÓLO PARA LAS RESIDENCIAS TEMPORALES SOLICITADAS DESPUÉS DEL 14.05.2022)
Rango de meses de ausencia | Cantidad de meses residencia |
Dos meses de ausencia o menos, continuos o discontinuos. | Como mínimo veinticuatro meses de residencia. |
Desde más de dos meses hasta seis meses de ausencia, continuos o discontinuos. | Como mínimo treinta meses de residencia . |
Desde más de seis meses hasta doce meses de ausencia, continuos o discontinuos. | Como mínimo treinta y seis meses de residencia. |
Más de doce meses de ausencia, continuos o discontinuos. | Cuarenta y ocho meses de residencia. |
8. ¿Cómo se puede obtener la Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite? Se puede obtener a través del Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, ingresando con ClaveÚnica y seleccionando la opción Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en trámite. Luego se debe completar el formulario y adjuntar los datos solicitados.
9. ¿Cuál es el valor de la Residencia Definitiva? -El valor general de la Residencia Definitiva es de $103.134 (Se calcula de acuerdo al Ingreso Mínimo No Remuneracional vigente). -Si el/la extranjero/a tiene cónyuge chileno/a, el beneficio está exento de pago. -Menores de Edad están exentos de pago
10. ¿Cómo puedo saber la Resolución que otorga la Residencia Definitiva se encuentra otorgado? Cuando el beneficio se encuentre otorgado, será notificado al correo electrónico que declaró al realizar su solicitud.
11. ¿Cómo puedo descargar el Certificado de Residencia Definitiva? Con la Nueva normativa informamos que ya no existe el Certificado de Residencia Definitiva. Para obtener su cédula de identidad debe presentar en el Servicio de Registro Civil e Identificación, la copia de la Resolución Exenta que otorga la Residencia Definitiva, y además con la notificación recepcionada por correo electrónico o por carta certificada. Está información también aplica para niños, niñas y adolescentes. .
12. ¿Qué debo hacer una vez que sea otorgado mi Residencia Definitiva? Una vez otorgado el beneficio debe solicitar una cita en Registro Civil e Identificación dentro de los 30 días desde la notificación de la Resolución que otorga la Residencia Definitiva.
13. ¿Existen limitaciones para salir e ingresar al país con una solicitud de Residencia Definitiva en trámite? Si se ha cumplido con los requisitos solicitados al momento de la solicitud, y se acredita que cuenta con un Certificado de Residencia Definitiva en trámite vigente, no tendrá limitaciones al número de ingresos y salidas del territorio nacional, aun cuando el Permiso de Residencia Temporal con que contaba no se encuentre vigente.
14. ¿Se puede perder la Residencia Definitiva una vez otorgada? La Residencia Definitiva quedará tácitamente revocada al estar fuera del país por un plazo continuo superior a dos años, al menos que el interesado solicite su prórroga ante el consulado chileno respectivo, dentro del término de sesenta días corridos antes del vencimiento de este plazo. Esta prórroga se otorgará por una sola vez y tendrá una vigencia de dos años.
15. ¿Cómo se puede realizar la rectificación de la resolución que otorga la Residencia Definitiva si existe algún dato erróneo? Para realizar la rectificación deberá ingresar a tramites.serviciomigraciones.cl seleccionar “Rectificación de Resolución que otorga la Residencia Definitiva” e iniciar trámite con ClaveÚnica.
16. Si mi Residencia Definitiva es rechazada, y en su lugar, se me otorga una Residencia Temporal, ¿Qué debo hacer? Si fue notificado, puede solicitar la reconsideración de su Residencia Definitiva. En el siguiente link encontrará los requisitos de Reconsideración de Residencia Definitiva o aceptar el beneficio otorgado. Si va a optar por la segunda opción debe descargar su Estampado Electrónico a través de trámites digitales tramites.serviciomigraciones.cl y seguir las siguientes instrucciones: Una vez en el sitio web de la institución, seleccione “Estampado Electrónico”. Usted puede descargar su estampado con cualquiera de estos dos conjuntos de datos. Descargar EE con los datos de la Resolución Exenta: -Fecha de nacimiento del solicitante -Nacionalidad del solicitante -Fecha de la resolución que otorgó el beneficio -Número de la resolución que otorgó el beneficio Descargar EE con los datos de su documento de identidad: -Tipo de documento -Documento con el cual se hizo la solicitud -País otorgante del documento -Fecha de nacimiento del solicitante
17. Si mi Residencia Definitiva es rechazada, y en su lugar, se me otorga Residencia Temporal, ¿tengo derecho a solicitar una devolución de dinero? Si. Tiene derecho a solicitar una devolución de dinero si el valor de la Residencia Temporal otorgada tiene un valor menor al pagado por la Residencia Definitiva. Además, el/la extranjero/a tiene que haber completado el trámite de descarga del Estampado Electrónico de la Residencia Temporal otorgada. Para realizar el trámite ingrese AQUÍ con ClaveÚnica.
18. Si salgo del país, ¿puedo perder mi Residencia Definitiva una vez otorgada? Con la entrada en vigencia de la Nueva Ley, los plazos para permanecer fuera del país han cambiado. La Residencia Definitiva quedará tácitamente revocada al estar fuera del país por un plazo continuo superior a dos años, al menos que el interesado solicite su prórroga ante el consulado chileno respectivo. En este caso, se debe solicitar sesenta días antes del vencimiento de este plazo. Esta prórroga se otorgará por una sola vez y tendrá una vigencia de dos años.
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